jueves, 11 de noviembre de 2010

Declaracion Publica del Instituto Laico de Estudios Contemporaneos de la Argentina





Desde "Maestro Mason" nos unimos a la declaracion de la Mas:. Argentina!

Masoneria Argentina - Subsecretaria de Relaciones InstitucionalesÂ
Declaracion Publica del Instituto Laico de Estudios Contemporaneos de la Argentina


Ante las recientes manifestaciones publicas realizadas por el actual Ponti fice de la Iglesia Catolica Apostolica y Romana sobre cuestiones vinculadas al laicismo, este Instituto se ve en la necesidad de expresar, tambien en forma publica, los siguientes 10 puntos:

1. Que, como muchas veces hemos expresado, el laicismo no debe ser presentado ni como agresivo ni como enemigo de las religiones, puesto que entiende que las mismas son hechos sociales y culturales que merecen nuestro respeto dentro de los limites legales a los cuales deben ceñirse;

2. Que todas esas confesionalidades, en pie de igualdad, son también un fenomeno ajeno al quehacer estatal, puesto que corresponden al fuero i ntimo y privado de sus fieles lo que debe ser protegido por la legislacion, en tanto y en cuanto no excedan los limites que señala el derecho positivo de cada Estado;

3. Que el derecho a profesar una religion, que no contravenga el orden publico y la legislacion del Estado, ha de ser tan pleno como el derecho a no tener ninguna;

4. Que el laicismo, como concepto poli tico que es, busca la inclusion plena de la poblacion de cada estado a los fines y efectos que todos, sin distincion por causa alguna, puedan convivir en diferencias enriquecedoras de toda sociedad: tolerancia y armoni a con las igualdades diferencias enriquecedoras de toda sociedad;

5. Que el laicismo desde siempre ha sostenido el respeto irrestricto al libre pensamiento como base de la aceptacion de la opinion ajena y, en definitiva, de la democracia como estilo de vida;

6. Que el laicismo, lejos de ser un enemigo agresivo, es un valor fundamental para la plena integracion de los pueblos garantizando la no discriminacion racial, sexual, de genero o de religion;

7. Que en todo Estado, cuando se confunden los valores religiosos i ntimos de cada persona con los principios legales y poli ticos de la sociedad, conculcacion de los derechos individuales de los ciudadanos;8. Que es necesario, al decir de Fernando Savater, una disposicion secularizada de la religion, incompatible con una vision integrista de la misma que tienda a convertir los dogmas propios en obligaciones sociales para otros;

9. Que las creencias religiosas son acogidas por la sociedad en cuanto sean un derecho de quienes las profesan, pero no deberes que pueda imponerse a los demas;

10. Que el Estado, como representante legal y poli tico de todos sus habitantes, debe mantener una actitud neutra y tolerante hacia las religiones aceptando a todas en pie deigualdad, pero sin privilegiar a ninguna en particular. Ello como modo de asegurar la armoni a, la paz social y la democracia.



Fuente:Instituto Laico de Estudios Contemporaneos de la Argentina»¿
http://ilec-argentina.org/